Qué debes saber del informe del perito en un siniestro

Si has sufrido un siniestro y lo tienes cubierto por tu póliza del seguro, la compañía recurrirá a la figura del perito para que acredite las causas del accidente y elabore un documento con toda la información para poder saber qué debe pagarte en la indemnización. A continuación, queremos explicarte cómo se elabora el informe pericial y qué debes saber cómo asegurado, si por desgracia has tenido un siniestro y viene el perito a visitarte.

El informe pericial es el documento en que se basa la aseguradora para pagar los accidentes de sus asegurados. Por eso, debe ser lo más completo y extenso posible ya que será la base de la indemnización.

La compañía de seguros encargará a un perito la tarea de recabar toda la información, gestionarla y calcular una propuesta económica para indemnizar los daños que hayan ocurrido. El perito es una figura profesional que evaluará los acontecimientos rigiéndose por la objetividad y profesionalidad. Esa es una de sus principales obligaciones ante los clientes de la compañía aseguradora.

Antes de entrar en el contenido del informe pericial, es importante saber que el asegurado tiene derecho a ver dicho informe una vez haya sido concluido por el perito. Habitualmente, si el siniestro se ha cerrado satisfactoriamente por ambas partes, la compañía no suele tener problema en facilitar el informe al asegurado. Ahora bien, si no es el caso y el asegurado no está de acuerdo con dicho informe, la compañía al no tener la obligación legal de mostrar el informe pericial. Dicho esto, vamos a entrar en las fases del informe elaborado por el perito.

1. Acta de Nombramiento y Aceptación

La compañía recopilará la información de que dispone, en parte facilitada por el asegurado, sobre la póliza y el siniestro.

Datos de la póliza: datos del tomador y el asegurado, descripción del objeto asegurado, coberturas contratadas, capitales asegurados, franquicias, número de póliza, condiciones particulares y especiales, siniestralidad anterior del asegurado,…

Datos del siniestro: fecha y lugar del suceso, coberturas que afecta de la póliza contratada, valoración estimada de los daños,

El perito nombrado para tal evaluación la recibirá y procederá a desplazarse al lugar del siniestro lo más pronto posible.

2. Causa del siniestro

En esta fase, el perito requiere de grandes dotes de visión técnica y experiencia para detectar la causa que ha producido el daño asegurado. Es aquí donde el perito deberá decidir si admite o no a trámite el siniestro. Para que el accidente no quede descartado de la indemnización por parte de la aseguradora, debe pasar que la causa y el origen del siniestro estén cubiertos en la póliza contratada.

En esta fase, es muy habitual que el perito adjunte documentación gráfica –fotografías, noticias, facturas, videos,… – en el anexo del informe para avalar el suceso.

3. Valoración del Daño

La tercera fase del informe pericial es la valoración de los daños sufridos, un aspecto que en más de una ocasión no satisface al propio asegurado que reclama una indemnización más elevada. La obligación del perito es ofrecer una valoración técnica basada en la objetividad profesional, así, la indemnización propuesta debe ser acorde a los aspectos de la póliza y las consecuencias del siniestro y la situación de los elementos asegurados en el momento del siniestro.

El perito siempre tendrá en cuenta los daños directos provocados por el accidente en la cobertura de los objetos asegurados. Así, determinará la importancia de los daños y la posible reparación de los mismos, estableciendo los daños causados a bienes asegurados por culpa del siniestro. En su informe, diferenciará los daños directos de aquellos que puedan ser consecuencia de una acción posterior, así como desperfectos ocurridos anteriormente a la fecha del accidente.

La valoración deberá considerar:

  • El valor económico del objeto asegurado, tanto el valor si es nuevo como el valor real del momento actual.
  • El capital que el asegurado ha pactado en la póliza.
  • Si en la póliza hay contratada una cláusula de revalorización de los capitales contratados.
  • A su vez, si hay contratada la compensación de capitales en caso que coincida infraseguro y sobreseguro en alguno de ellos.
  • Coste de los daños.
  • Valoración desglosada de los bienes afectados.
  • Deducción de franquicias y carencias.
  • Aplicación de la Regla Proporcional si hay infraseguro en los capitales contratados.

Una de las normas primordiales de la Ley del Contrato de Seguro es que el asegurado nunca podrá enriquecerse a costa de un siniestro, por lo que la aseguradora deberá indemnizarlo con un precio justo a los daños sucedidos.

4. Cálculo y propuesta de indemnización

El cálculo de la indemnización se basa en los valores, capitales y fórmulas comentadas en el apartado anterior. En cualquier caso, la compañía de seguros no puede inventarse la cantidad que deberá pagar por el accidente. Esta responde de unos procedimientos y cálculos estipulados siempre ante cualquier situación.

Para tu tranquilidad, debes saber que el perito es el responsable de realizar la propuesta indemnizatoria, por lo que deberá ceñirse a su condición de profesional técnico objetivo por encima de cualquier otra circunstancia.

Una vez el perito tiene la propuesta hecha, la incluirá en el informe pericial conjuntamente con toda la documentación comentada en cada una de las fases. El informe será entregado a la compañía ya que es quien deberá pagar lo acordado. Pero, a continuación, el asegurado también deberá disponer de él para dar su conformidad o no.

Si el asegurador y asegurado están de acuerdo con el informe propuesto por el perito, se elaborará el Acta de Acuerdo Amistoso que dará por terminado el informe. El Acuerdo deberá estar firmado por la compañía de seguros y el asegurado, beneficiario o tercer perjudicado, pero nunca por el tomador que ha contratado la póliza inicialmente. Una vez firmada, la compañía deberá proceder a pagar los daños al asegurado antes de los 5 días.

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El asegurado tiene derecho a ver el informe del perito y dar su conformidad, una vez entregado a la compañía de seguros. Pero la compañía no tiene la obligación por Ley de mostrarlo.

La compañía de seguros se debe basar siempre en unos procedimientos y cálculos estipulados, para determinar lo que pagará al asegurado en la indemnización. 

Seguripedia Cuidado con

Cuidado con

… el pago del peritaje. El perito inicial va a cargo de la compañía aseguradora. Si no estás de acuerdo con su informe pericial, podrás contratar un perito que deberás pagar tu. Y si posteriormente es necesario resolver con un tercer peritaje, los honorarios del tercer perito se dividen a partes iguales entre el asegurado y la compañía.
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  1. Antonio

    En un siniestro de un local comercial por daños por agua de la comunidad se ha realizado peritaje de la compañía aseguradora del local sin avisar al presidente de la comunidad. La comunidad tiene seguro contratado pero no cuenta con el riesgo de daños por agua cubierto por tanto es la responsable del supuesto siniestro. La duda es si es obligatoria la presencia del presidente en la visita pues de no ser así entiendo que se produciría una indefensión de la parte demandada al tener que asumir lo peritado sin opción de discusión. Gracias

    1. Tribo

      Hola Antonio. En principio no hace falta que en la peritación de tu compañía esté presente el presidente de la comunidad de vecinos. En todo caso, tu compañía lo gestionará con la compañía de la comunidad. Habitualmente, un seguro de comunidad de propietarios suele tener la cobertura de daños por agua. Si no es el caso y si el siniestro está provocado por la comunidad, será esta la que deberá responder a los daños. Eso si son daños provocados por las cañerías de agua y no por lluvias ni causas meteorológicas extraordinarias. Gracias!

  2. Ruslan

    Hola. Aver si me puede ayudar a resolver la city avión que estoy. Tengo un Nissan almera, me han dado un golpe atrás en parachoques, .se ha roto el faro derecho i con el golpe el porton trasero se abolló también, entonces el perito ahora dice que el abollado de portón no es del mismo siniestro, el taller solo arregla parachoques i faro. Estoy llamando cada día a segurcaixa peleando con ellos, pero me dicen q el perito en informe de presupuesto solo entra arreglo de parachoques. Gracias ante todo.

    1. Tribo

      Hola Ruslan,
      la situación que comentas es complicada de cambiarla si es la decisión del perito de la compañía. Sólo puedes hacer una cosa: contratar un segundo perito para que lo estudie y analice. Debes saber que los costes de este perito irán a tu cargo.
      Gracias por escribirnos.

  3. Alfonso

    Hola buenos días y gracias de antemano mi consulta es la siguiente tenemos un local que se inundó a causa de una rotura en tubería del piso de arriba vino el perito del seguro del vecino y nos han dicho que nos dan una indemnización pero q tenemos que ponernos en contacto con nuestro seguro el problema es que nosotros no tenemos seguro en local no se que hacer

    1. Tribo

      Hola Alfonso,
      No hay ningún problema si no tienes seguro del local ya que el culpable del siniestro es tu vecino. Así que la compañía de seguros de tu vecino debe hablar contigo directamente como perjudicado por el accidente. Simplemente debe ser así.
      Un saludo y gracias.

  4. Mariel

    HOLA.
    Quisiera saber cuánto es el tiempo estimado en que el perito debe presentarse para efectuar el informe..mi padre es taxista y sufrió un choque hace ya tres meses, la aseguradora nos dio un número de BS.AS ..somos de Jujuy..hemos tratado de comunicarnos sin éxito y el auto no puede continuar parado…qué podemos hacer?. Saludos y muchas gracias.-

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