El seguro de coche si has bebido alcohol

Conducción y alcohol unidos son un peligro. Si has bebido alcohol y luego conduces estás provocando uno de los factores de riesgo más frecuentes que originan los accidentes graves de tráfico. En este artículo te cuento lo que debes saber para que ni se te pase por la cabeza coger el coche si has bebido alcohol.

El alcohol está implicado entre el 30% y el 50% de los accidentes mortales. En el 2015, el 29% de los conductores fallecidos superaron los límites de alcohol en sangre.

La mayoría de las veces que un conductor bebe y conduce no suele acabar siendo parte en un accidente. Por eso, es muy fácil concluir que quien ha cogido el coche habiendo bebido y no ha tenido un accidente, vuelva a repetir esa situación. Si esta actitud es habitual, sólo es cosa de tiempo que el accidente acabe sucediendo.

Conducir, habiendo bebido, genera una serie de afectaciones sobre el comportamiento que es interesante que recuerdes:

  • Falsa seguridad en las capacidades de conducción
  • Aminora el sentido de la responsabilidad
  • Aumenta las conductas agresivas e impulsivas
  • Se comenten más infracciones
  • Se recoge menos información del entorno
  • Se perciben peor las luces
  • Dificultad para calcular la velocidad y la de los demás vehículos
  • Se reduce el campo visual
  • Se producen problemas para mantener la concentración visual
  • Dificultad en coordinar la información, responder causa-efecto
  • Aumento del tiempo de reacción, todo el proceso de toma de decisiones se hace más lento
  • Mayor tolerancia al riesgo

Al margen de lo que indique la ley, es obvio que la alcoholemia, por baja que sea, altera la capacidad en la conducción, incrementando la posibilidad de sufrir un accidente de tráfico.

La legalidad por conducir bebido

El tratamiento de la alcoholemia en la conducción ha pasado por diversas situaciones legales. En estos momentos hay dos posibles respuestas, la vía penal y la vía administrativa.

Vía penal: Quien conduzca un vehículo a motor bajo influencia de bebidas alcohólicas será castigado con una pena de prisión o con una multa y trabajos en beneficio de la comunidad. Además será privado de la conducción de vehículos a motor.

El que conduzca con temeridad manifiesta (conducción bajo efectos del alcohol y con un exceso de velocidad)  y ponga en peligro la vida o integridad de las personas será castigado con penas de prisión y retirada del carnet.

Vía administrativa: Todo conductor está obligado a someterse a las pruebas de alcoholemia cuando se hallen implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción.

Tanto la conducción con tasas superiores a las establecidas, como la negativa a someterse a las pruebas en los casos anteriores se considerará una infracción muy grave.

La conducción bajo la influencia del alcohol u otras drogas tiene una pena de:

  • Prisión de 3 a 6 meses o
  • Multa de 6 a 12 meses o
  • Trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días y
  • Privación del derecho a conducir de 1 hasta 4 años

Negarse a someterse a las pruebas tiene una pena de:

  • Prisión de 6 meses a un año y
  • Privación del derecho a conducir de 1 a 4 años

Estas penas se derivan de un juicio rápido al que debe acudir el conductor con tasa de alcoholemia superior a 0.60, por haber cometido un delito. Son puestos en conocimiento del juez a través de un atestado policial.

¿Cuál es nuestro consejo? Lógicamente, te recomendamos que no bebas absolutamente nada de alcohol si vas a conducir. Las consecuencias son muy graves y el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.

Además, hay otras implicaciones que afectan la cobertura del accidente si este sucede cuando el conductor ha ingerido alcohol y da positivo.

Si tienes un siniestro y has bebido alcohol

Las compañías aseguradoras ante un siniestro con alcoholemia positiva por parte de su asegurado operan de la siguiente manera:

  1. Si ha habido daños en el vehículo del asegurado, las compañías no cubren los desperfectos propios del asegurado.
  2. Las compañías sí hacen frente a los daños del vehículo contrario por la cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria. Pero, luego, podrá reclamar esos daños al conductor, propietario y tomador del vehículo causante del siniestro.

Esta exclusión se determina en las condiciones generales de los contratos de seguro de todas las pólizas de automóvil, reservándose, la aseguradora,  el derecho de repetición (reclamación contra el causante).

Debes saber que si el contrario en un accidente ha dado positivo y has resultado herido o tienes cualquier tipo de daño material, siempre te van a indemnizar por los daños. Lo que ocurre en estos supuestos, es que la reclamación debe hacerse por vía penal, debido a que el causante ha cometido un delito o falta, por conducir bajo los efectos del alcohol.

En este caso, los lesionados y o afectados podrán reclamar en el mismo procedimiento penal, personándose como acusación particular, o bien acudiendo a la vía civil. De todas maneras, esto no exime de ser citados como testigos en el proceso penal.

La aseguradora del contrario indemnizará a las víctimas como en un accidente de tráfico sin alcoholemia, pero posteriormente reclamará contra el conductor responsable, ya que la conducción bajo los efectos del alcohol está excluida de todas las pólizas de seguro de automóvil.

Si por desgracia llegas a encontrarte en una situación como esta, te aconsejo que te pongas en manos de tu corredor de seguros, que te asesorará de la manera más conveniente para tus intereses.

En Seguripedia resolvemos tus dudas

¿Qué hacer si has tenido un accidente de tráfico?

El accidente de tráfico es el que tiene una probabilidad más alta de producirse. Aquí te explicamos lo que debes hacer si sufres un accidente con tu coche o moto.

El alcohol está implicado entre el 30% y el 50% de los accidentes mortales. En el 2015, el 29% de los conductores fallecidos superaron los límites de alcohol en sangre.

Si hay daños en el vehículo del asegurado, las compañías de seguros no cubren los desperfectos propios del asegurado si ha bebido alcohol.

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