EL Consorcio de Compensación de Seguros

Una de las grandes ventajas que tiene el sector asegurador español respecto al resto de países europeos es la función de un organismo cómo el Consorcio de Compensación de Seguros. Para entender sus funciones, debemos partir de sus principios, basados en la compensación y solidaridad.

Cuando contratamos un seguro de hogar, coche, vida,… en el importe de la prima pagamos obligatoriamente un pequeñísimo porcentaje que va destinado al Consorcio de Compensación de Seguros. Eso es así porque si se produce un siniestro de unas ciertas características que no cubre la compañía de seguros, surge la figura del Consorcio de Compensación que nos protege automáticamente sin necesidad de haber firmado una póliza con él.

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública empresarial independiente, que está adscrita a través de la DGS al Ministerio de Economía. Es un instrumento al servicio del sector asegurador español, que cuenta con una dilatada experiencia en el ámbito de las actividades que desarrolla. Para los asegurados, las funciones principales del Consorcio son: cubrir los siniestros de carácter extraordinario, cubrir a los perjudicados de un accidente de coche si éste carece de seguro, y también puede ser asegurador directo en unas determinadas circunstancias. A continuación, ampliamos estos tres puntos:

 

 1. Siniestros de carácter extraordinario

Esta función es la más conocida para la mayoría de personas. Si se produce una catástrofe natural, como inundaciones por fuertes lluvias, o un hecho violento por causas humanas, como un acto terrorista, será el Consorcio de Compensación de Seguros quien se encargue de indemnizar a los perjudicados. Te detallamos los tipos de siniestros que quedan cubiertos por el Consorcio.

a. Por causas naturales:

  • Inundación por lluvia, deshielo, desbordamiento de ríos y lagos.
  • Olas de mar de gran magnitud
  • Terremotos y maremotos o tsunamis
  • Vulcanismo
  • Tormenta ciclónica atípica: fuertes vientos y lluvia, tornados, borrascas intensas
  • Caída de meteoritos y aerolitos

b. Hechos violentos por causas humanas:

  • Terrorismo
  • Rebelión
  • Sedición
  • Motín
  • Manifestación no autorizada
  • Acción de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad en tiempo de paz

c. En ningún caso cubre:

  • Guerra y conflictos armados
  • Manifestación autorizada
  • Granizo
  • Edificios en construcción
  • Mercancías en transporte

 

2. Determinados siniestros de coche

Todos los vehículos tienen que tener un seguro obligatorio de Responsabilidad Civil. Si tienes un percance con un vehículo que no dispone de este seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros se encargará de ello, indemnizando a las personas terceras sobre aquellos vehículos que no pueden dar cobertura. Así, cubre los siguientes casos:

– Daños causados por vehículos sin seguro: el Consorcio será el responsable de indemnizar los daños producidos por coches sin una póliza vigente.

– Daños causados por un vehículo robado: el Consorcio indemnizará los daños producidos siempre que la víctima no sepa que el vehículo era robado.

– Daños causados por un vehículo desconocido: si sufres un accidente por un coche que se da a la fuga y desconoces la matrícula, el Consorcio se encargará de indemnizarte por los daños personales que hayas sufrido. Si estos daños son muy significativos, también te indemnizará los daños materiales. Pero, en principio, para evitar fraudes de supuestos accidentes que provoque uno mismo y lo repercuta a un desconocido, la cobertura recaerá en los daños que sufran los ocupantes del vehículo y terceras personas.

– Controversia con la compañía de seguros por el pago de la indemnización: si existe un ‘rifi rafe’ entre asegurado y aseguradora por quién debe hacerse cargo de la indemnización, el Consorcio procederá a avanzar el pago al cliente. Después el Consorcio y la Compañía resolverán la disputa ante un juez sin que se vea afectado el asegurado.

 

3. Asegurador directo

El Consorcio de Compensación de Seguros también actúa como asegurador directo en el caso que una persona no encuentre ninguna compañía de seguros que quiera asegurarle. Así, el Consorcio tiene la obligación de cubrir los riesgos que hayan sido rechazados por las aseguradoras privadas. El único requisito es que el interesado presente como mínimo 3 negativas de aseguradoras diferentes.

 

Como ves, en España el papel del Consorcio de Compensación de Seguros resuelve algunas de las situaciones que pueden complicar la vida a los asegurados. Pero cuidado porque no todo el mundo recibirá una indemnización de esta entidad. Para estar cubierto por el Consorcio es imprescindible tener contratada una póliza. Según el tipo de seguro contratado, el asegurado recibirá la indemnización correspondiente.

En Seguripedia resolvemos tus dudas

¿Sabes cómo actúa el perito ante un siniestro?

Te explicamos con detalle las funciones del perito cuando sucede un siniestro y la compañía debe indemnizarte

El Consorcio de Compensación de Seguros cubre ante los accidentes de carácter extraordinario y también cubre a los terceros perjudicados de un accidente de coche si éste carece de seguro.

Para estar cubierto por el Consorcio es imprescindible tener contratado un seguro. Según el tipo de póliza, el asegurado recibirá la indemnización correspondiente.

Seguripedia Cuidado con

Cuidado con

Excepto en los seguros de coche en que seas el tercer perjudicado, en los seguros de hogar, vida, comercio,… debes tener contratado el seguro para ser indemnizado.
Newsletter
Comentarios
Todos los comentarios
Comentarios

  • Comentarios
  • Imprimir
  • Editar
  • +-
    Tamaño